¿Qué documentos tributarios debes tener para tu emprendimiento?

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En muchas ocasiones hemos tenido la necesidad de saber qué documentos debemos tener a la mano cuando ya tengo formalizado mi emprendimiento y debo seguir el ciclo tributario.
Existen una serie de documento que son necesario para el negocio, aunque hay que tener claro que existen algunos documentos adicionales o específicos que pueden solicitarles dependiendo del tipo de negocio, del lugar donde esté emplazado entre otros puntos.
Toda persona o contribuyente que emprende una actividad económica, requiere emitir documentos tributarios autorizados o timbrados por el SII, para respaldar sus ventas.
Existen varios tipos de documentos tributarios que deben estar timbrados por el Servicio de Impuestos Internos, entre los que destacan, no todos aplican a cada negocio, pero es bueno siempre tener en la retina que has formalizado tu emprendimiento, es decir, tienes iniciación de actividades, debes tener estos documentos:
- Boletas: conocido como el respaldo de la transacción.
- Facturas: Son documentos tributarios que los comerciantes envían usualmente a otro comerciante, con el detalle de la mercadería vendida, su precio unitario, el total del valor cancelable de la venta y, si correspondiera, la indicación del plazo y forma de pago del precio.
- Facturas de Inicio: es un nuevo documento tributario, soportado en papel, en donde el receptor es quien retiene los impuestos y además se otorga mientras el SII efectúa la verificación del domicilio del contribuyente al dar aviso de Inicio de Actividades.
- Guías de Despacho: son los documentos de traslado de mercaderías que respaldan la entrega efectiva de los productos.
- Notas de Débito: son documentos que deben emitir los vendedores y prestadores de servicios afectos al Impuesto al Valor Agregado (IVA) por aumentos en el impuesto facturado.
- Notas de Crédito: son documentos que deben emitir los vendedores y prestadores de servicios afectos al Impuesto al Valor Agregado (IVA), por descuentos o bonificaciones otorgados con posterioridad a la facturación a sus compradores o beneficiarios de servicios, así como también por las devoluciones de mercaderías o de contratos.
Adicionalmente, debe timbrar los registros obligatorios para respaldar la contabilidad de la empresa, entre los cuales se pueden mencionar:
- Libro Diario: registro contable en el que se anotan todas las transacciones en forma cronológica. Está compuesto por lo que se debe y por el haber, donde se anotan los nombres de las cuentas debitadas y acreditadas con sus respectivos montos.
- Libro Mayor: resumen del movimiento de cada una de las cuentas del Libro Diario. Este resumen arroja un saldo deudor o acreedor por cuenta, el cual es trasladado posteriormente al balance.
- Libro Inventario y Balances: es un resumen de los activos físicos del negocio (mercaderías y activos fijos principalmente), así como de las deudas pendientes (deudores y acreedores).
- Libro FUT (Fondo de Utilidad Tributaria): el Fondo de Utilidades Tributarias es un libro especial de control que deben llevar los contribuyentes que declaren rentas efectivas en primera categoría, demostradas a través de contabilidad completa y balance general, en el cual se encuentra la historia de las utilidades tributables y no tributables, generadas por la empresa, las percibidas de sociedades en que tenga participación, los retiros de utilidades tributarias efectuados por sus dueños o socios y los créditos asociados a dichas utilidades.
- Libro de Compras y Ventas: es un libro obligatorio para los contribuyentes afectos al Impuesto al Valor Agregado (IVA), en el que se deberá llevar un registro cronológico de las compras y ventas y ser timbrado por el Servicio de Impuestos Internos.
¿Te sirvió esta información a la hora de legalizar tu emprendimiento? Cuéntame tu experiencia.
Si me sirvio mucho , porque no se por donde empezar