Cómo realizar la iniciación de actividades
Conoce los pasos para realizar este trámite fácilmente:
Documentación requerida para la iniciación de actividades:
- Cédula de Identidad del contribuyente si es persona natural chilena.
- Cédula de Identidad del (los) representante(s) si es persona jurídica o entes sin personalidad jurídica.
- Formulario de inscripción al RUT y aviso de inicio de actividades (F-4415) lleno y firmado. Este trámite también se puede hacer por internet en www.sii.cl
- Si se presenta otra persona que no es el contribuyente o el representante (mandatario) debe portar, además, su Cédula de Identidad y el poder entregado por el contribuyente o el(los) representante(s) para actuar en su nombre ante el SII.
- En el caso de las Sociedades Anónimas, Limitadas y Empresa Individual de Responsabilidad Limitada deben presentar la escritura de creación protocolizada ante notario , además de la copia de su publicación en el Diario Oficial y su inscripción en el Registro de Comercio.
- Para el resto de las entidades jurídicas, fundaciones, sociedades de hecho, etc., se pide el contrato social ante notario o el decreto de autorización u otros, según corresponda.
- Acreditar domicilio en el caso de contribuyentes afectos a Impuestos de Primera Categoría (comercio, producción, agricultura, transporte, servicios y en general, actividades afectas a IVA).
Pasos a Seguir para la Iniciación de Actividades:
- Llenar el Formulario 4415. Disponible también en internet en www.sii.cl
- Dirigirse a la unidad del SII correspondiente a su domicilio comercial, a la Sección RUT e Iniciación de Actividades.
- Entregar el formulario con los siguientes documentos:
- Acreditación de domicilio con escritura de propiedad, el contrato de arrendamiento o la autorización escrita ante notario del propietario o arrendatario para realizar la actividad declarada.
- El plazo para presentar el formulario es dentro de los dos meses siguientes a aquél en que comiencen sus actividades.
Las personas que emprendan actividades en la Primera Categoría y que solicitan timbraje de documentos que dan derecho a crédito fiscal, es decir, facturas u otros documentos tales como notas de débito, notas de crédito o guías de despacho, tienen que ser verificados en su actividad y domicilio, para posteriormente ser autorizados a la emisión electrónica o al timbraje de documentos, según corresponda.
Verificación del domicilio y la actividad por un funcionario del SII en un plazo de 10 días hábiles.
¿Te pareció útil esta información? ¿Ya tienes vigente este trámite o lo piensas realizar?
Fuente imagen: pixabay.com
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Comentarios
Estimada Valentina, para ese
Estimada Valentina, para ese tipo de consultas, te recomendamos acercarte al Sii, por que ellos tiene protocolos internos para estas siutaciones. Saludos!
Hola, tengo una duda respecto a la verificación del domicilio ¿qué pasa si no me encuentro en mi negocio en el momento de la visita? Saludos!