¿Qué trámites debo hacer para realizar el cambio de giro de mi negocio?
Muchas de nosotras nos hemos visto en la disyuntiva de cambiar o no el giro comercial de nuestro negocio, ya sea porque no nos ha dado los resultados esperados o bien porque descubrimos otro ámbito que nos parece más atractivo y decidimos reinventarnos.
Para realizar el cambio de giro comercial, no existen requisitos especiales. Sin embargo, se debe tener claro que para efectuar este trámite existe un plazo que es dentro de los quince días hábiles siguientes a la realización de dicho cambio.
Dentro de la información que debemos entregar en este caso es dar el aviso de Inicio de Actividad, acto que debe ser entendido como la formalización ante el SII de su intención de emprender cualquier tipo de actividad comercial o profesional, figura la determinación del giro comercial o profesional que se desarrollará.
Si al transcurrir el tiempo se produce un cambio en este giro informado por el contribuyente, el SII, dentro de su política de facilitar el cumplimiento tributario voluntario de los contribuyentes, ha ido generando alternativas que permitan la simplificación de los trámites a través de su sitio web, por lo que comunica que tiene habilitada una opción por Internet que permite mantener actualizados en las bases de datos del SII la identificación y descripción de las actividades entregadas al momento de dar aviso de Inicio de Actividades por aquellos contribuyentes de la primera y segunda categoría de la Ley de la Renta; vale decir, empresas y prestadores de servicios profesionales.
Estos son los pasos que debe seguir un contribuyente que desee ampliar o modificar su giro comercial por Internet:
- Ingresar al sitio web del Servicio de Impuestos Internos.
- Seleccionar la opción “Ampliación y Eliminación de Giro”, disponible en la sección Registro de Contribuyentes.
- Identificarse con su Clave Secreta o Certificado Digital.
- Seleccionar los datos comerciales que se desean agregar o eliminar, y luego presionar el botón “Aceptar”.
Finalmente, aparecerá en pantalla un certificado solemne indicando que su solicitud de cambio ha sido recibida exitosamente por el SII.
El SII informa que también existe en su sitio web una sección denominada “¿Cómo se hace para... ?”, en la que es posible encontrar mayor información relativa a este tema y conocer una guía paso a paso que entregará detalles de cómo realizar una ampliación o modificación de un giro comercial por Internet.
Como recomendación personal, te digo que lo pienses bien antes de realizar este cambio ya que no es llegar y cambiar, es algo que debes pensar con tiempo. No te desanimes a la primera caída, los negocios tienen altos y bajos.
¿Tienes pensado realizar este cambio? ¿Aprendiste cómo hacerlo? Coméntanos.
Crédito imagen: Pixabay.com
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