Conoce sobre la tributación que afecta a las emprendedoras

Array

Tributación Simplifacada y Tributación Completa

Para las microempresas existen dos regímenes de tributación: tributación simplificada y tributación completa. Todos los emprendimientos pueden optar al régimen completo, pero existen algunas condiciones para optar al régimen simplificada que tal como su nombre implica facilitar estos trámites.

Contabilidad completa: es el régimen que de inmediato aparece inscrita la mujer emprendedora que requiere contar con Libros de Caja, Diario, Mayor, Inventarios y Balances, libros de compras, ventas remuneraciones y FUT. Todos estos libros deben ser timbrados en SII.

Contabilidad Simplificada: es un régimen más sencillo que permite que la emprendedora que cumpla con algunas condiciones especiales, pueda acogerse a regímenes simplificados de Contabilidad y para ello debe llevar un Libro de Ingresos y Egresos.​

Para optar a este sistema hay que cumplir con ciertas características:

  • Los contribuyentes deben declarar y pagar el impuesto de primera categoría y el impuesto global complementario o adicional sobre la base de sus ingresos anuales netos devengados (ingresos menos egresos). 
  • Deben estar inscritos en el Sistema de Tributación Simplificada del Portal Tributario MIPYME podrán utilizar un software de contabilidad especialmente diseñado para este efecto. 

Es un requisito ser Facturador Electrónico del Portal Tributario MIPYME  del Servicio de Impuestos Internos, debido a que los documentos electrónicos emitidos y recibidos quedan directamente registrados en su contabilidad.

¿ Qué sistema de tributación utilizas?

Fuente imagen: Pixabay.com

 

Agregar comentario

Inicie sesión o regístrese para comentar

Comentarios

Hola Rosario, primero que

Imagen de María José Ramírez

Hola Rosario, primero que todo tu negocio debe ser de aquellos que puede optar a este régimen porque no es para todos. Mi sugerencia es que te comuniques con Impuestos Internos para resolver tus dudas específicas, puedes hacerlo en este LINK
 

Me intersaria declarar , pero

Imagen de Rosario Ramos-Labra

Me intersaria declarar , pero dicen los kioscos no declaran , para eso se paga patente 2 veces al año, podria declarar una renta presunta

Hola Rosario, tal como dices,

Imagen de María José Ramírez

Hola Rosario, tal como dices, las personas que se desempeñan en kioscos generalmente declaran por renta presunta. Si tienes dudas sobre el pago de tus impuestos, puedes comunicarte con nuestro chat online en esta misma página. Saludos