Conoce más sobre el Acuerdo de Unión Civil
Este 22 de octubre oficialmente comienza a operar en el país el Acuerdo de Unión Civil, se trata de un nuevo estado civil que se suma a los otros ya existentes: casada, soltera, viuda, divorciada.
En términos simples el AUC es un “contrato celebrado entre dos personas que comparten un hogar, con el propósito de regular los efectos jurídicos derivados de su vida afectiva en común, de carácter estable y permanente”. Para efectuarlo basta con que dos personas, del mismo o distinto género, indiquen ante un oficial del Registro Civil su interés de contraer este contrato que regula aspectos familiares, patrimoniales y de derechos de salud, laborales y previsionales.
Los contrayentes que celebren la Unión Civil pasan a ser convivientes civiles.
Pueden acceder a este estado personas de de igual o distinto sexo, que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser mayores de 18 años.
- Tener libre administración de sus bienes.
- Mantener una vida afectiva en común.
- Haber decidido celebrar el acuerdo libre y espontáneamente.
La Unión Civil reconoce al conviviente civil como carga en el sistema de salud, es decir si cotiza en Fonasa o Isapre podrá incorporar a este conviviente.
Para efectos laborales, el conviviente civil pasa a tener los mismos derechos que un cónyuge:
- Es beneficiario de la pensión de sobrevivencia
- Tiene permisos en caso de fallecimiento del otro miembro de la pareja civil
- Tiene derecho a recibir la última remuneración.
- Tiene derecho al desahucio del conviviente fallecido.
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