Una buena noticia para tu emprendimiento: ya puedes solicitar el Subsidio al nuevo Sueldo Mínimo

Array

El beneficio es temporal y aplica a micro, pequeñas y medianas empresas, así como cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (fundaciones u otras) y comunidades. Se solicita una sola vez, y tiene carácter retroactivo, dado que su vigencia rige desde mayo de 2022.

Ya está disponible en www.sii.cl la opción para que las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) puedan acceder a un subsidio mensual destinado a apoyarlas en el pago del nuevo sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.456.

El objetivo es entregar a empresas de menor tamaño, que son las que han enfrentado mayores dificultades económicas, un apoyo para que puedan pagar el nuevo salario mínimo a sus trabajadoras y trabajadores, si cuentan con las condiciones establecidas en la normativa.

De manera complementaria, el SII habilitó en su sitio web un espacio con toda la información asociada a este beneficio y a la forma de acceder a él, para que las Mipymes se puedan informar de las condiciones establecidas en la ley y puedan solicitar el beneficio de la forma más sencilla posible.

La implementación de esta política pública es un esfuerzo conjunto de distintas instituciones que aportan en diferentes etapas del proceso, como el SII, TGR y AFC, en la información, entrega y pago del beneficio, además de los Ministerios de Economía, Hacienda y Trabajo y Previsión Social, en la gestión y respuesta de dudas que puedan surgir entre las empresas.
  
Qué Mipymes pueden acceder al beneficio            

  • Las que tengan inicio de actividad en Primera Categoría, como persona natural o jurídica, incluidas las cooperativas. Las empresas que inicien actividades desde el 1 de agosto de 2022, podrán acceder en el caso que el sueldo mínimo aumente a $410.000 (con IPC de 7%), entre enero y abril de 2023.
  • Las que tengan ventas o servicios del giro superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2021.
  • Las que cuenten con 1 o más trabajadoras o trabajadores con sueldo mínimo, de acuerdo al periodo contemplado en la Ley N° 21.456
  • Las que sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022.

Si tu empresa cumple con las condiciones establecidas, recibirá el subsidio 15 días después de aceptada la primera solicitud. En los siguientes meses y hasta abril de 2023, el beneficio se depositará automáticamente, hasta el último día de cada mes.

 

Fuente de información: www.sii.cl

Galería

Galería