¿Cómo realizo la Iniciación de Actividades para mi negocio?

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Sí tienes un emprendimiento y estás en el camino de la formalización, un importante paso que debes realizar es Iniciar Actividades. A continuación te contamos más acerca de este proceso y detalles de dónde, cuándo y quiénes deben realizarlo

¿Qué significa iniciar actividades? Es la comunicación que debes realizar como contribuyente, mediante una Declaración Jurada formalizada ante el Servicio de Impuestos Internos (www.sii.cl), sobre el comienzo de cualquier tipo de negocios o labores susceptibles de producir rentas gravadas en la Primera y/o Segunda Categoría de la Ley de la Renta (LIR)

¿Quiénes deben realizar este trámite? Las personas naturales, sociedades y entes con y sin personalidad jurídica que están obligadas a realizar la solicitud de Declaración Inicio de Actividad, son las que desarrollen una actividad comercial o profesional de las referidas en los artículos 20°, N°s 1, letras a) y b), 3, 4 y 5, 42° N° 2 y 48° de la Ley de la Renta.

¿Cuándo se hace este trámite? El plazo para que presentes esta Declaración de Iniciación de Actividades, es dentro de los dos meses siguientes a aquél en que comienzas las actividades. Por ejemplo, un contribuyente que empieza su actividad en septiembre de un año determinado, tiene plazo hasta el último día de noviembre del mismo año.

¿Dónde se hace este trámite? La gran noticia es que ahora el trámite puede realizarse en un 100% por internet en la página del Servicio de Impuestos Internos (www.sii.cl), y los requisitos para efectuar esta operación son:

  • Contar con RUT otorgado por SII.
  • Contar con la clave tributaria otorgada por SII.
  • Ser persona natural chilena o extranjero con residencia.
  • Ser mayor de 18 años.

Ingresa a www.sii.cl y en Servicios Online / Inicio de Actividades encontrarás una guía paso a paso para el Inicio de Actividades, adicionalmente información de los Códigos de Actividad Económica, Cómo adjuntar Documentos, entro otros.

 

Fuente de Información: www.sii.cl

 

 

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