¿Cómo inscribir una empresa?

Array

Te hemos contado en otros artículos sobre la inscripción de empresas, pero hoy refrescaremos la memoria en este tema, y te daremos las indicaciones actualizadas para que inscribas tu empresa.

En innovacion.cl explicaron los 5 pasos fundamentales para la creación de una empresa, sea una Sociedad de Responsabilidad Limitada  o una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), ambas constituciones deben cumplir con los siguientes puntos:

  1. Escritura Pública y extracto: legalizar ante notario un borrador de la escritura, este puede ser redactado por un abogado o solicitado en la misma notaría donde se legalizará.

Para el caso de la EIRL, la escritura debe contener:

  • Nombre, apellidos, nacionalidad, estado civil, edad y domicilio del constituyente, y domicilio de la empresa.

  • Nombre de la empresa que contendrá, al menos, el nombre y apellido del contribuyente, pudiendo tener también un nombre de fantasía, sumado al de las actividades económicas que constituirán el objeto o giro de la empresa y deberá concluir con las palabras “empresa individual de responsabilidad limitada” o E.I.R.L.

  • El monto del capital que se transfiere a la empresa, indicando si es aporte en dinero o especies, en el caso de las especies asignar el valor.

  • Actividad económica que corresponderá al grito de la empresa y el rubro en el que se desempeñará.

  • Plazo de duración, sin perjuicio de su prórroga. Si no se indica duración, se entenderá que es indefinida.

Para el caso de la Sociedad, en la escritura se debe incluir:

  • Nombre, tipo y giro o actividad a la cual se dedicará, y domicilio.

  • Socios y capitales respectivos.

  • Forma de administración y de repartición de utilidades.

  • Dejar estipulado el actuar ante caso de pérdidas.

  • Forma de resolución de conflictos

  • Régimen para la disolución y liquidación de la sociedad.

  • Plazo de duración de la sociedad

Para el proceso, deben concurrir a la notaria todos los socios con sus respectivas cédulas de identidad. El notario certifica la escritura dándole el carácter público.

2. Publicación en Diario Oficial: El Extracto de la Escritura Pública debe ser publicado en el Diario Oficial. El representante legal, el apoderado o los socios de la empresa tienen un plazo de 60 días desde la fecha de la Escritura Pública para publicar el extracto en el Diario Oficial. El costo es 1 UTM o cero para las empresas cuyo capital es inferior a UF 5.000.

3. Inscripción en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces: el representante legal o los socios deberán llevar al menos dos copias del extracto de la escritura pública al Conservador de Bienes Raíces del domicilio de la sociedad, de manera de inscribirlo en el Registro de Comercio. El costo total de este trámite es de $ 70.000 aproximadamente.

4. Protocolización: no es un proceso obligatorio, pero te puede ser de utilidad, para el respaldo y seguridad de la empresa creada.  Consiste en llevar a la notaría todos los documentos hasta ahora obtenidos para que se genere un archivo que dé cuenta de los trámites efectuados y para mayor seguridad se guarda una copia en la misma notaría.

5. Inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos: declaración jurada formalizada ante el Servicio de Impuestos Internos sobre el comienzo de cualquier tipo de negocios o labores susceptibles de producir rentas gravadas en la primera y/o segunda categoría de la Ley de la Renta.

Fuente imagen: unsplash.com

 

Agregar comentario

Inicie sesión o regístrese para comentar

Comentarios