Aguinaldo dieciochero: ¿Es obligación darlo a mis colaboradores?

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Ya tienes colaboradores que trabajan en tu emprendimiento, se viene el dieciocho y nace la pregunta: ¿Debo pagar aguinaldo a mis trabajadores?.

La respuesta es no, no existe una ley que obligue a las empresas a dar este beneficio a sus trabajadores. Pero existen excepciones, ¿Cuáles son estas?:

 

  • Si el  beneficio del aguinaldo está suscrito dentro del contrato individual o colectivo de trabajo
  • O si tu empresa ha entregado este beneficio durante tres períodos consecutivos. Si es así, se asume que es un beneficio permanente.

Por lo tanto si tu empresa está dentro de los dos casos anteriormente nombrados y existe un aguinaldo pactado y no lo das  o entregas una cifra menor, se estaría incumpliendo con una obligación. Por lo tanto el trabajador podría poner una denuncia en la Dirección del Trabajo.

Por lo general en la mayoría de las pymes los dos casos anteriores no ocurren. De hecho, muchas no dan aguinaldo en dinero, sino que en productos, lo más común son las cajas de mercadería.

Como consejo los expertos dicen que lo mejor si quieres darle un aguinaldo a tus colaboradores estas fiestas patrias es la canasta o dinero en efectivo, y que debes tener ojo con las gift car que se consideran dinero y deben ser declaradas como mayor renta, por lo tanto pagan impuestos.

Y tú ¿has pensado dar un Aguinaldo a tus colaboradores estas fiestas?, compártelo con nosotras y cuéntanos que haces en estas fechas.

 

Fuente de imagen: www.pixabay.com

 

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