Previsión

Conoce los beneficios para tu Previsión

Beneficio monetario, entregado en Mayo a pensionadas y pensionados de escasos recursos para gastos asociados al invierno.

No es necesario postular

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Aporte monetario para la mujer por cada hijo o hija, nacido vivo o adoptado. Se deposita en la cuanta de la mujer para aumentar la pensión. Es irrevocable por lo que se recomiendo informarse por los efectos previsionales, previa solicitud.

Se postula durante todo el año en oficinas de IPS (personas hasta 65 años).

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Es un beneficio monetario que se entrega por una sola vez, a los cónyuges residentes en el país que hayan cumplido 50 años de matrimonio, y que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley, cuya finalidad es otorgar un reconocimiento a la importancia de la familia

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Es un beneficio económico mensual que se entrega a las personas que han sido declaradas como inválidas, es decir, que no pueden llevar a cabo un trabajo, ya sea por problemas físicos o por alguna discapacidad intelectual

El beneficiario de esta pensión recibirá el beneficio hasta el último día del mes en que cumpla 65 años. A contar de esa fecha podrá acceder a otro beneficio que es la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV).

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Es una ayuda económica por los gastos funerarios que pagan personas o instituciones, producto del fallecimiento de un beneficiario de esta asignación.

Se recomienda que los potenciales beneficiarios de esta asignación afiliados a una AFP consulten sobre los efectos que esa afiliación produce en esta asignación

Devolución de gastos funerarios de personas consideradas cargas legales.

El beneficio corresponde a $510.888.- (equivalentes a tres ingresos mínimos para fines no remuneracionales vigentes a la fecha del fallecimiento)

Se postula durante todo el año a través de IPS-ChileAtiende completando la solicitud correspondiente.

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Aporte mensual a la cotización de trabajadores jóvenes, con remuneraciones iguales o inferiores a 1.5 ingresos mínimos. Se compone de:

Al trabajador: 50% de la cotización previsional, calculado sobre ingresos mínimo, por las primeras 24 cotizaciones, continuas o discontinuas que éste registre.

Al Empleador: 50% de la cotización previsional por cada trabajador joven (entre 18 y 35 años) que contrate.

Postular: Trabajadores a través de ChileAtiende, AFP u oficinas del Instituto de previsión social.

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Es un beneficio económico mensual para las personas que no tienen derecho a pensión en ningún régimen previsional. La Pensión Básica Solidaria de Vejez forma parte del Sistema de Pensiones Solidarias, creado a partir de la Reforma Previsional del año 2008.

Si la persona no sabe si está inscrita en el Registro Social de Hogares puede ingresar aquíy verificar la información o solicitar su ingreso al sistema. También puede acercarse a la municipalidad que corresponde a su domicilio para hacer el trámite.

El estado determina quienes cumplen con los requisitos, más información aquí

Es un beneficio económico mensual que tiene por objeto apoyar a las personas de menores ingresos, que reciben pensiones de vejez de bajo monto. Este beneficio permite mejorar o complementar las pensiones. El Aporte Previsional Solidario de Vejez forma parte del Pilar Solidario, creado a partir de la Reforma Previsional.

Si la persona no sabe si está inscrita en el Registro Social de Hogares puede ingresar aquíy verificar la información o solicitar su ingreso al sistema. También puede acercarse a la municipalidad que corresponde a su domicilio para hacer el trámite.

El cálculo del monto depende, entre otros factores, de la pensión base recibida por el beneficiario.

Actualmente reciben Aporte Previsional Solidario de Vejez, quienes obtengan pensiones base iguales o inferiores a 304 mil 062 pesos.

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Extracción de información 01 Marzo 2017 desde el sitio web. En el caso de los beneficios del Estado aquí presentados, serán de exclusiva responsabilidad de las instituciones que las ofrecen, no recayendo sobre BancoEstado responsabilidad sobre plazos, disponibilidad de cupos y condiciones de evaluación